Hay situaciones en las familias que denotan confianza y hasta una intención sincera de ayudar y “ahorrar pasos” a futuro, en materia financiera que terminan conformando en el exterior sociedades patrimoniales y cuentas conjuntas entre sus miembros.
Que un padre nombre a su hijo como cotitular de una cuenta en el exterior, para que “le quede a él” cuando su padre ya no esté. Que una mujer soltera y sin hijos sume a una hermana o sobrina como co-accionista (o socia) de una sociedad patrimonial del exterior, en caso de que “algo le ocurra” y no quede su dinero sin dueño, entre otros muchos casos muy comunes.
En América Latina, es muy común escuchar que las personas involucran a sus familiares en cuestiones patrimoniales y de tenencia de activos, a modo de llevar tranquilidad hacia los hijos, o también, la creencia de que, de ese modo, podrán evitar los, a veces, engorrosos procesos sucesorios.
Continúa leyendo
Para acceder al artículo completo, inicia sesión o sé parte del club de lectores de La Revista Y/O.




